Jueves, 25 de Febrero de 2010
Requisitos:
1. Podrán optar a la obtención de una beca quienes reúnan los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de un estado miembro de la Unión Europea.
b) No ser mayor de 35 años de edad
c) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar conocimientos suficientes en alguna de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana, aspecto que se verificará en el proceso de selección.
d) Estar en posesión del título oficial universitario expresada en la base segunda, expedido u homologado por las autoridades españolas correspondientes y que no hayan trascurrido más de cinco años desde la fecha de expedición del mismo o desde la fecha de depósito de las tasas para su expedición.
e)No haber sido beneficiario de becas de prácticas profesionales en la Generalitat por un periodo igual o superior a 36 meses.
f) Disponer de cobertura sanitaria
g) No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo cual se acreditará mediante la declaración responsable incluida en la solicitud.
h) Residir en la Comunitat Valenciana, al menos, en los últimos 12 meses.
2. El cumplimiento temporal de los requisitos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3 No podrán optar a una beca quienes en el momento de publicarse la convocatoria ya estén disfrutando de una beca de prácticas profesionales en la Generalitat, salvo que se concurra a la misma beca que se está disfrutando o que resten menos de dos meses para su finalización.
Plazo de presentación
Será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOCV nº 6210, de 19/02/10
* NÚMERO DE BECAS
Se convocan 40 becas
* DURACIÓN DE LAS BECAS
1. El periodo de duración de las becas comprenderá desde la fecha que se indique en las resoluciones de adjudicación de cada una de ellas, hasta el 31 de diciembre del mismo año. El becario se incorporará como tal a la unidad asignada para la realización de las prácticas en la fecha indicada en la resolución de concesión, interpretándose la no incorporación injustificada en dicho plazo como renuncia a la beca concedida.
2. En el caso de que el becario no haya completado, contados desde la fecha de adjudicación inicial de las becas, los 12 meses de prácticas llegado el día 31 de diciembre, la beca podrá ser prorrogada, a propuesta del tutor de formación, por resolución expresa de la directora de la AVFGA, para los meses que resten hasta completar el año máximo de disfrute de la misma. Esta prórroga quedará condicionada a la existencia efectiva de crédito en el ejercicio presupuestario correspondiente.
3. El periodo máximo de 12 meses indicado en el punto anterior, podrá prorrogarse, a propuesta del tutor de formación, por resolución expresa de la directora de la AVFGA, sin necesidad de nueva convocatoria por un segundo periodo máximo de 12 meses adicionales, siempre que existan las disponibilidades presupuestaria correspondientes y el desarrollo de la actividad que esté efectuando el becario lo requiera o aconseje.
Ampliar información:
- Ver Orden adjunta.
- http://www.agricultura.gva.es
- REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN - ALICANTE
C/ PROFESOR MANUEL SALA, 2
03003 Alacant/Alicante
Tel: 012