
Solicitantes: Personas agricultoras y agrupaciones de personas agricultoras que se inscriban por primera vez en alguna de las figuras de calidad agroalimentaria diferenciada de la Comunitat.
Requisitos:
– No haber pertenecido previamente a dicha figura de calidad. En el caso de la agricultura ecológica certificada las personas agricultoras se considerarán inscritas en el momento que se inicie el período de conversión.
– Ser persona agricultora, ya sea física o jurídica, o agrupación de personas agricultoras.
– Ser personas agricultoras activas en los términos definidos en el Reglamento (UE) nº 1307/2013.
Cuantía: El importe de la ayuda se limitará a la cuantía del 70 % de los gastos subvencionables realizados, sin superar los 3.000 euros anuales por explotación y año, durante un período máximo de cinco años.
Plazo solicitud: un mes y se iniciará el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 8140 de 03/10/2017.
Más info: https://goo.gl/9apxbV